Normativa

Dotación Hospitalaria en Colombia: Normativa y Requisitos Legales

Todo lo que los directivos de salud deben saber sobre las obligaciones legales en materia de dotación.

Dotación hospitalaria Colombia normativa

En Colombia, la dotación hospitalaria no es opcional: es una obligación del empleador regulada por el Código Sustantivo del Trabajo. Todo trabajador que devengue hasta dos salarios mínimos tiene derecho a recibir dotación tres veces al año (abril, agosto y diciembre).

¿Qué dice la ley?

El artículo 230 del Código Sustantivo del Trabajo establece que el empleador debe suministrar un vestido de labor y un par de zapatos apropiados cada cuatro meses. En el sector salud, esto se traduce en casacas, pantalones y calzado clínico que cumplan con los estándares de bioseguridad.

Materiales aprobados para áreas clínicas

Las resoluciones del Ministerio de Salud exigen que los uniformes en áreas de contacto directo con pacientes cuenten con propiedades de barrera contra fluidos. La microfibra antifluido cumple y supera estos requisitos.

Responsabilidades del empleador

  • Entregar dotación 3 veces al año
  • Proveer prendas adecuadas al tipo de labor
  • Garantizar materiales que cumplan protocolos de bioseguridad
  • Reemplazar prendas deterioradas por uso normal

¿Cómo optimizar el presupuesto de dotación?

Una estrategia inteligente es trabajar con un proveedor que ofrezca precios por volumen, bordado institucional incluido y envío nacional. En Siluetas y Tonos, los pedidos superiores a 20 prendas incluyen el bordado del logo sin costo adicional.

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